Custodia en exclusiva de los menores al padre

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Custodia en exclusiva de los menores al padre

18/02/2026 Categoría 0

Y prevaleció el “favor minoris”…

Importante Sentencia conseguida por PROVIDENS Abogados en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 2 de Sevilla, por la que se otorga la guarda y custodia en exclusiva de los menores al padre, pese a la solicitud vehemente formulada por la madre, imperando el interés superior del menor.

El favor minoris (o favor filii) es un principio jurídico fundamental que dicta que, en cualquier procedimiento judicial o administrativo, las decisiones deben priorizar el interés superior del menor por encima de otros intereses en conflicto (en este caso el de los progenitores).

A la hora de otorgar la custodia de los hijos a cualquiera de los cónyuges, hay que estar al principio de protección integral del menor; este principio, enunciado en la doctrina del Derecho comparado desde hace ya años, no es una mera afirmación programática, pues se desprende de importantes virtualidades interpretativas de los preceptos del Derecho de Familia; sin especiales dificultades, podemos derivarlo del art. 39, párrafo segundo, de la CE y de los Acuerdos Internacionales que velan por los derechos de los niños y que son complemento necesario de la prescripción constitucional; entre ellos y muy especialmente, la Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 20 de noviembre de 1989; encuentra su primera plasmación legal, con claridad, en los arts. 154 y 170 del CC, reformado en 1981, sobre ejercicio de la patria potestad, siempre, en beneficio de los hijos, de acuerdo con su personalidad.

En el presente asunto el Juez acogió nuestros argumentos, que quedaron además corroborados en el informe psicosocial efectuado por el IML (Instituto de Medicina Legal) del propio Juzgado, donde detectó, respecto de la madre, “indicadores de desestabilización emocional, rasgos de alteración psicopatológica significativa y conductas parentales desorganizadas que pueden suponer un riesgo para el bienestar físico y emocional de los menores”.

Que otorguen la custodia exclusiva de los menores al padre es complicado, que ocurra además en un Juzgado de Violencia sobre la Mujer es una “pica en Flandes”…

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