¿Sabes que puedes perder tu coche si reincides en un delito contra la seguridad vial?

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¿Sabes que puedes perder tu coche si reincides en un delito contra la seguridad vial?

25/11/2019 Categoría 0

Los positivos en alcoholemia, lógicamente cuando superan la tasa establecida por ley (0,50 mg/l en aire espirado como norma general), suponen un delito contra la seguridad vial, siendo uno de los ilícitos penales más comunes en los juzgados de guardia de nuestro país.

Todo el mundo sabe que la condena suele ser la retirada del permiso de conducir por un tiempo determinado, y una multa o la realización de trabajos en beneficio de la comunidad también durante un plazo concreto de tiempo. En casos más extremos hablaríamos de penas privativas de libertad. Pero ¿sabías que también se puede fijar por el juzgado una pena accesoria consistente en el decomiso del vehículo?

Pues sí, sobre todo para los casos de reincidencia, el juez a solicitud del ministerio fiscal puede decretar el comiso o decomiso del vehículo, al entender que es el instrumento con el que efectivamente se perpetra el delito. Ello al amparo del artículo 385 bis del código penal, pudiendo ser la confiscación temporal o definitiva.

Mucho cuidado si das positivo en un plazo de tiempo en el que la pena no estuviera prescrita, pues si te aplican la reincidencia, el juzgado te puede terminar quitando el coche, siempre que seas el titular del mismo.

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