CUANDO EL PRESIDENTE DE MI COMUNIDAD SE CONVIERTE EN UN TIRANO…

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CUANDO EL PRESIDENTE DE MI COMUNIDAD SE CONVIERTE EN UN TIRANO…

11/11/2020 Categoría 0

 

Algunos Presidentes de Comunidad ejercen su cargo de forma autoritaria, lo que sin duda dista mucho del régimen soberano que rige en una Junta de Propietarios.

El Presidente es quien ostenta la representación legal de la Comunidad, pero eso no le faculta para hacer lo que quiera. La Junta de Propietarios es la única que puede aprobar acuerdos que además tendrán carácter ejecutivo, es decir, de obligado cumplimiento para todos, debiendo el Presidente atenerse a las instrucciones que reciba de la misma.

¿Y qué ocurre si se extralimita en sus funciones adoptando unilateralmente decisiones que comprometan o perjudiquen a la Comunidad de Propietarios? Pues sencillamente que podría estar cometiendo un DELITO…

Cada vez se instruyen más causas penales por este motivo. Si traspasa los límites de su mandato, no solo generará la correspondiente responsabilidad civil que se derive de su actuación, sino que, además, podría cometer un delito de administración desleal del artículo 252 del C. Penal, con penas de prisión de 6 meses a 3 años, o pena de multa de 1 a 3 meses en función de la cuantía.

Sin duda el ejercicio del cargo de Presidente, aun siendo algo común o corriente, requiere de una debida diligencia, por la posible exigencia de responsabilidad por cualquier propietario o tercero perjudicado.

Desde PROVIDENS Abogados podemos asesoraros sobre esta materia, poniéndonos a vuestra entera disposición. No dudéis en consultarnos!!!

 

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